La procuraduría emitió concepto favorable a favor del vínculo entre familias humanas y animales compañeros, manifestando que resulta desproporcionado que pueda ordenarse la separación de los mismos para garantizar el cumplimiento de una obligación crediticia.
La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, solicitó a la Corte Constitucional declarar la exequibilidad condicionada del artículo 594 de la Ley 1564 de 2012, incluyendo a los animales compañeros en la lista de bienes inembargables, con el fin de salvaguardar el libre desarrollo de la personalidad y los proyectos de vida de las personas que incluyen vínculos afectivos con estos seres.
Es importante recordar que en Colombia aún existe la incoherencia, en medio de debate, respecto a que los animales ya son considerados como seres sintientes, pero según la legislación civil, siguen siendo bienes muebles. Pese a lo anterior, el concepto de la Procuraduría y el llamado a la Corte, resulta otro paso importante de reconocimiento respecto al vínculo emocional y conformación de las nuevas familias que incluye a animales domesticados.
Los animales compañeros deben ser inembargables; dijo la Procuraduría General de la Nación de Colombia. Share on X
Según informó la Procuraduría el concepto enviado a los Honorables Magistrados, el Ministerio Público adujo que; "resulta desproporcionado que pueda ordenarse la separación de las mascotas de sus cuidadores para garantizar el cumplimiento de una obligación, como lo puede ser el pago de un crédito bancario, máxime cuando con esta clase de medidas puede afectarse el bienestar psicológico de los individuos".
Finalmente, la jefe de la Entidad recordó que, según la jurisprudencia, el “estrecho vínculo que surge entre el animal y el hombre con ocasión de su convivencia, es una expresión positiva” de los derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad, por lo que dicha relación debe ser amparada por el Estado “como medio para que el ser humano exprese su autonomía”.