Mediante comunicado la Policía Nacional de Colombia informó cuál será el orden de control en casos de maltrato animal y cómo se manejarán durante la cuarentena a nivel nacional por el Covid-19, teniendo en cuenta que se suspendió el normal desarrollo de algunas actividades económicas, entre estas, la actividad de venta de animales de compañía.


A continuación presentamos el comunicado oficial:

En atención a lo dispuesto en el Decreto 457 de 22/03/2020por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus COVID 19 y el mantenimiento del orden público”, y teniendo en cuenta que se suspendió el normal desarrollo de algunas actividades económicas, entre estas, la actividad de venta de animales de compañía, los Jefes de Seccional de Protección y Servicios Especiales, se servirán ordenar y supervisar que los Jefes de los Grupos de Protección Ambiental y Ecológica adelanten acciones estratégicas que eviten la materialización de actos de crueldad animal. Para ello, resulta imperante recordar la responsabilidad que tenemos como Policía Nacional frente a la prevención de conductas que pongan en riesgo la vida e integridad de los animales, para lo cual, el Área de Protección Ambiental y Ecológica, sugiere considerar el despliegue de las siguientes acciones, sin olvidar las medidas preventivas y de mitigación dispuestas frente a la actual situación, así:

  1. Realizar actividades de control en las tiendas de mascotas de su jurisdicción, verificar que los animales no estén expuestos a condiciones de hacinamiento y tengan suficiente alimentación, agua, abrigo, luminosidad, condiciones aptas de salubridad, entre otros.
  2. Realizar actividades de prevención a través de medios de comunicación, fomentando el respeto por la vida e integridad de los animales en los distintos contextos: animales de compañía o domésticos, animales en venta, animales en estado de abandono, etc.
  3. Tener en cuenta que en los centros comerciales es muy normal encontrar este tipo de establecimientos (tiendas de mascotas), por ende, se ordena se tome contacto con la administración y se haga las recomendaciones pertinentes, y se deje constancia de lo actuado.
  4. En caso de evidenciar situaciones que pongan en riesgo la integridad de los animales, activar ruta de atención con inspectores de Policía, Secretarias de Gobierno, Secretarias de Salud, Juntas Defensoras de Animales, Cuerpo de Bomberos Voluntarios, según corresponda. 
  5. En eventos donde se identifique actos de maltrato animal, propender por interrumpir de manera inmediata dicho sufrimiento, actuar bajo el marco de su competencia y se articule esfuerzos con las autoridades competentes.
  6. Cuando se tenga conocimiento de la realización de conductas que constituyan crueldad animal, que vulneren el bienestar físico y emocional de estos seres sintientes, evalúe el caso y adelante la aprehensión material preventiva, según lo dispuesto en el artículo 7° y 8° de la Ley 1774 del 2016.

     

Recuerde que para denunciar un caso de maltrato animal debe comunicarse a la línea 123 o las Unidades de Reacción Inmediata de la Fiscalía General de la Nación (URI). Importante contar con el material probatorio para interponer la denuncia. 

Conozca cuál será el manejo en casos de maltrato animal por parte de la Policía durante la cuarentena en Colombia Share on X

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